Los Organismos de Control son aquellas personas físicas o jurídicas que teniendo capacidad de obrar y disponiendo de los medios técnicos, materiales y humanos e imparcialidad e independencia necesarias, pueden verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos de seguridad establecidos en los Reglamentos de Seguridad para los productos e instalaciones industriales.
Su función es controlar el cumplimiento de las condiciones de seguridad establecidas en los distintos reglamentos de productos e instalaciones industriales.
Normativa de referencia:
Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria
Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León
Ley 32/2014, de 22 de Diciembre, de Metrología
R.D. 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de infraestructura y calidad industrial (BOE Nº32 del 06/02/1996)
R.D. 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, aprobado por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre
R.D. 1072/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial
Según lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, modificado por el Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre, los organismos de control deben presentar anualmente ante la Administración Pública competente una memoria de sus actuaciones.
Tras el análisis y evaluación de las memorias presentadas, se elabora un documento con los datos estadísticos de las actuaciones realizadas en Castilla y León. Dicho documento se puede descargar en el siguiente enlace:
*En cuanto al modelo normalizado de inspecciones OCAs, con fecha 8 de marzo de 2023 se ha aprobado el acta de la reunión del Grupo de Trabajo de Unidad de Mercado que tuvo lugar el 2 de diciembre de 2022 con la participación de representantes de las Comunidades Autónomas, de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial así como representantes de ENAC en la que se acordó por unanimidad adoptar un modelo de documento Excel para incluirlo en la memoria anual que los organismos de control deben remitir en cumplimiento de lo previsto en el apartado 3.a) del artículo 46 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.