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Economía en Castilla y León

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Vehículo histórico

Podrán catalogarse como vehículos históricos aquellos que reúnan al menos una de las siguientes condiciones:

  • Una antigüedad mínima de 30 años, contados desde su fabricación, primera matriculación o en su defecto desde que se dejó de fabricar el tipo o variante.
  • Los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en acontecimientos históricos.
  • Los de colección por sus características, singularidad escasez u otra circunstancia especial muy sobresaliente.