Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Economía en Castilla y León

  • Economía
  • Comercio y artesanía
  • DECRETO 16/2013, de 9 de mayo, por el que se modifica el Decreto 82/2006, de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León
Contenido principal. Saltar al inicio.

DECRETO 16/2013, de 9 de mayo, por el que se modifica el Decreto 82/2006, de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León

  • Ir a descargas
  • Compartir

Descripción:

Una de las principales cuestiones que aborda esta modificación es la regulación de los horarios comerciales.

Se establece asimismo que el número y los domingos y festivos concretos de apertura autorizada, serán fijados anualmente mediante Orden de la Consejería competente en materia de comercio en número no inferior a diez. Estos días van a ser determinados en base a unos criterios que también se concretan en esta modificación, y mediante los cuales se respetan los días de mayor atractivo comercial para los consumidores.

Se contempla igualmente la posibilidad de apertura de otros domingos o festivos en función de circunstancias económicas, sociales, locales y temporales cambiantes.

Destaca, en esta nueva regulación, el establecimiento de unos criterios anteriormente no detallados para la determinación de Zonas de Gran Afluencia Turística, áreas cuya finalidad es la determinación de la libertad horaria para todos los establecimientos comerciales ubicados en las mismas.

Por otro lado, la regulación contempla la modificación del régimen general de las ventas de promoción, en las que se van a poder simultanear las rebajas con cualquier otro tipo de venta, exceptuando las liquidaciones. En la regulación de las rebajas, y continuando con esta corriente de liberalización en el ámbito comercial, desaparecen los periodos previamente establecidos por la normativa anterior, dejando a criterio de cada comerciante la determinación de estos periodos, persiguiendo con ello el incremento de las ventas.

Finalmente, este Decreto modifica la regulación de las ventas especiales, al considerar necesaria la adecuación de algunos aspectos sobre la materia que requerían ser adaptados a las reformas estatales llevadas a cabo en los últimos años tras la transposición de la Directiva de Servicios en el Mercado Interior.

Estado de la norma:

Vigente

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

Bocyl de 15 de mayo de 2013