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Ley 4/2012, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas

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Descripción:

Su disposición final segunda modifica los artículos 4 (objetivo y fines), 21 bis (transformación en fundación de carácter especial), 30 (órganos de gobierno) y 43 (composición de la asamblea general, y añade una nueva disposición adicional quinta (remuneraciones, indemnizaciones y supuestos de extinción y suspensión del contrato) al Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León.

Además su disposición final sexta habilita a la Junta de Castilla y León a aprobar, en el plazo de un año, un nuevo texto refundido, y su disposición final séptima posibilita aplazar hasta junio de 2013 la renovación o la constitución de los órganos de gobierno correspondientes a 2012 en las entidades que participen en procesos de integración y fija el momento de las siguientes renovaciones parciales de los órganos de gobierno de todas las cajas de ahorros de Castilla y León.

Estado de la norma:

Vigente

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

Bocyl nº 136 (17/07/2012)